Llevamos meses leyendo titulares como "770.000 autónomos dejarán de pagar IVA" o "el régimen franquiciado supondrá 508 millones de ahorro para el colectivo". Cifras potentes. Bien empaquetadas. Y, en buena parte, engañosas.

El problema no son los datos en sí — son reales, vienen de la propia ATA y de los cálculos de Hacienda. El problema es lo que no se está contando: que esa media de 660€ de ahorro anual es exactamente eso, una media. Y debajo de una media se esconden dos autónomos con la misma facturación que tomarían decisiones opuestas. Uno ahorraría 700€. El otro perdería 2.300€.

Este artículo no es para venderte una opinión. Es para darte las herramientas — datos públicos, fórmulas concretas, ejemplos reales — para que decidas tú mismo si el régimen franquiciado te conviene a ti, cuando entre en vigor. Porque cuando se publique en el BOE, vas a tener que elegir. Y vas a tener entre 30 y 60 días para hacerlo.

Empezamos por lo básico, pero llegamos al detalle que te ahorrará — o te costará — dinero real.

¿Qué es realmente el IVA franquiciado?

El "régimen franquiciado" — o régimen de franquicia para pequeñas empresas, como aparece en la Directiva europea — es un sistema fiscal opcional para autónomos y pymes con facturación anual por debajo de un umbral. En España, ese umbral será de 85.000€/año.

Quien se acoja al régimen deja de hacer dos cosas:

A cambio, renuncia a una cosa importante:

Esto no es un atajo fiscal ni una "exención". Es un trueque: pierdes burocracia y ganas simplicidad, pero pagas más IVA neto en tus gastos. Si la cuenta sale positiva o negativa depende — y mucho — de cómo factura cada autónomo en concreto. A eso volvemos más adelante.

El marco legal viene de la Directiva (UE) 2020/285 del Consejo Europeo, que obliga a todos los Estados miembros a ofrecer este régimen. España tenía hasta el 31 de diciembre de 2024 para trasponerla. No lo hizo. Por eso estamos donde estamos.

Estado actual: ¿dónde estamos hoy?

Si has leído titulares como "se aprueba el IVA franquiciado" en marzo o en mayo, te entendemos: la prensa está mezclando dos cosas distintas. Aclaramos.

Lo que ha pasado oficialmente, en orden cronológico:

¿Cuándo entrará en vigor? Si los plazos parlamentarios habituales se cumplen y el texto sale aprobado sin sorpresas, el escenario más probable es enero de 2027. Pero es una estimación, no una fecha oficial. Cualquier cambio de gobierno, ruptura de pacto o enmienda de calado puede retrasar — o adelantar, en teoría — la entrada en vigor.

Mientras tanto, decisiones precipitadas son malas decisiones. Cualquier autónomo o asesoría que te diga "date de alta ya en el régimen franquiciado" está vendiendo humo: ese régimen, hoy, no existe en la normativa española.

Los números detrás del titular

Vamos a las cifras que están circulando. Son reales, y vienen mayoritariamente de la ATA (Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos) y de estimaciones internas de Hacienda. Si las pones en contexto, dicen cosas que el titular no dice.

770.000 autónomos potencialmente beneficiarios. Es el número de autónomos en España que facturan menos de 85.000€ al año y, por tanto, podrían acogerse al régimen si quisieran. Representa aproximadamente el 22% del total del colectivo (sobre unos 3,4 millones de autónomos según los datos del RETA a cierre de 2025). Una de cada cinco personas autónomas en España, más o menos.

660€ de ahorro medio anual por autónomo. Es la estimación que maneja la ATA. Sumado para los 770.000 potenciales: alrededor de 508 millones de euros al año de ahorro agregado para el colectivo. Suena mucho. Y lo es, a nivel macro.

Pero esa cifra de 660€ es exactamente lo que dice: una media. Y debajo de una media, todo se desordena.

Para algunos autónomos, el ahorro será nulo o incluso negativo — entrar al régimen les saldría más caro que quedarse fuera. Para otros, el ahorro será notablemente superior a la media. Y un grupo amplio se queda en algún punto intermedio, con un ahorro real pero no transformador.

El problema de los titulares es que tratan a estos perfiles tan distintos como si fueran uno solo. Si tú entras en el primer grupo y decides acogerte porque "770.000 autónomos van a ahorrar", acabas de tomar la peor decisión fiscal del año.

¿Cómo saber en qué grupo estás? Es lo que vamos a ver ahora.

Por qué a muchos NO les conviene

Aquí está el núcleo del asunto. Y aquí es donde la mayoría de los artículos que circulan se equivocan.

La decisión de si te conviene el régimen franquiciado depende esencialmente de dos factores que no aparecen en los titulares:

1. El tipo de cliente al que facturas

Cuando facturas a una empresa o a otro autónomo, tu cliente se deduce el IVA que tú le repercutes. Le da igual pagar 100€ + 21€ de IVA, porque ese 21€ Hacienda se lo devuelve. Para él, tu factura sin IVA o con IVA tiene el mismo coste real.

Si tú dejas de repercutir IVA porque entras al régimen franquiciado, no estás haciendo más competitivo tu precio — para tu cliente B2B, ya era exactamente igual de competitivo antes. Y tú, mientras tanto, pierdes la deducción del IVA de tus propios gastos. Pérdida neta.

Pero si facturas a particulares (B2C) — clientes que no se deducen el IVA — la cosa cambia radicalmente. Para ellos, tu factura sin IVA es un 21% más barata. Más competitivo significa más clientes, más ventas, o más margen para ti. Ganancia real.

Cuanto mayor sea el porcentaje de facturación B2C en tu actividad, más probable es que el régimen franquiciado te convenga. Cuanto mayor sea el porcentaje B2B, más probable es lo contrario.

2. La estructura de tus gastos con IVA

Un consultor que trabaja desde casa con su portátil y poco más tiene gastos con IVA muy bajos. Si pierde la deducción, pierde poco — pongamos 200-300€ al año.

Un autónomo con local físico, vehículo de trabajo, suministros mensuales, software de pago y subcontrataciones tiene gastos con IVA elevados. Puede estar deduciendo 2.000€, 3.000€ o más de IVA soportado al año. Si entra al franquiciado, esa cantidad se convierte directamente en coste real.

Cuantos menos gastos con IVA tengas, más fácil es que el franquiciado te compense. Cuantos más, más difícil.

Dos autónomos, misma facturación, decisiones opuestas

Pongamos un ejemplo concreto. Dos autónomos facturan exactamente lo mismo: 42.000€ al año.

Autónomo A — Diseñador web freelance:

Autónomo B — Peluquera de barrio:

Misma facturación. Decisiones fiscales opuestas. Para A es trampa. Para B es ahorro real.

Por eso un titular como "770.000 autónomos van a dejar de pagar IVA" es engañoso por diseño: convierte una decisión que depende de tu caso concreto en una promesa colectiva. La realidad fiscal nunca funciona así.

¿Cómo saber si te conviene a TI?

A estas alturas tienes claro que la pregunta correcta no es "¿es bueno o malo el régimen franquiciado?", sino "¿es bueno o malo para mí, con mi facturación, mis clientes y mis gastos?".

Para responder con números, necesitas hacer cuatro cuentas: tu facturación anual prevista, el porcentaje de tus clientes que es B2B, tus gastos anuales con IVA deducible y el tipo de IVA medio que aplicas. Cruzas esos cuatro datos con el ahorro administrativo estimado y la pérdida de deducción, y sabes si el saldo te sale positivo o negativo.

En FLEXO hemos construido el primer simulador IVA franquiciado público en España. Cuatro inputs, treinta segundos, sin login y sin pedirte el email — salvo que tú quieras que te avisemos cuando la norma entre en vigor.

El simulador usa la fórmula real basada en datos públicos de ATA y la Directiva (UE) 2020/285. Te dice tres cosas:

Es una estimación orientativa — los parámetros oficiales pueden variar cuando la ley entre en vigor — pero hoy es la herramienta más cercana que existe para decidir con criterio.

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Gratis. Sin registro. 30 segundos.

¿Qué cambiará en tu día a día si entras al régimen?

Más allá de los números, está la parte operativa: qué desaparece de tu rutina trimestral y qué se queda igual. Esta es la comparación lado a lado.

Concepto Régimen General Régimen Franquiciado
Repercutir IVA en facturasNo
Modelo 303 trimestral (IVA)No
Modelo 390 anual (IVA)No
Deducir IVA soportado en gastosNo
Modelo 130 trimestral (pagos IRPF)
Modelo 347 (operaciones >3.005,06€)
Verifactu (obligatorio 2026/2027)
Factura electrónica
Declaración de la Renta anual

La buena noticia operativa: cuatro obligaciones desaparecen de tu trimestre. Adiós al cálculo de IVA repercutido menos IVA soportado, adiós a la presentación del 303 cada tres meses, adiós al 390 a finales de enero, adiós a guardar tickets para deducir cada euro de IVA.

La parte que no cambia: el IRPF sigue exactamente igual. Pagas tus retenciones trimestrales con el Modelo 130 (o las soporta tu cliente con la retención en factura, según los casos), declaras tu Renta anual cada junio. La fiscalidad de las ganancias no se toca: el régimen franquiciado afecta solo al IVA.

Tampoco te libras de Verifactu, que entra en vigor obligatoriamente en 2026 para sociedades y 2027 para autónomos, con régimen general o sin él. Ni del Modelo 347, que sigues presentando en febrero si superas el umbral con algún cliente o proveedor. Ni de la factura electrónica, en cuanto la "Ley Crea y Crece" complete su despliegue.

En la práctica: tu trimestre se simplifica notablemente, pero no desaparece. Sigues siendo un autónomo con obligaciones formales. Solo que con cuatro menos.

Antes de decidir: tres cosas que nadie te está contando

Suponiendo que el régimen te convenga numéricamente, hay tres detalles operativos que rara vez aparecen en los artículos y que pueden estropearte la decisión.

1. Una sola factura puede sacarte del régimen — por dos años. Si superas los 85.000€ de facturación durante el ejercicio, pierdes el régimen franquiciado automáticamente y no puedes volver a solicitarlo hasta dos ejercicios después. Si trabajas cerca del umbral, una factura grande en diciembre puede costarte caro. Llevar la facturación al día mes a mes deja de ser opción: pasa a ser obligación.

2. Tus clientes B2B se van a confundir. Tu factura sin IVA va a generar preguntas. "¿Por qué no cobras IVA?" "¿Esta factura es válida para mi contabilidad?" "¿Cómo me la deduzco?" Vas a tener que explicarlo una y otra vez, en cada nuevo cliente. Si tu modelo de negocio depende de relaciones B2B fluidas y profesionales, la fricción comercial es real.

3. El cambio mid-year no es trivial. La adhesión al régimen se comunica vía declaración censal (Modelo 036), y la elección es vinculante para todo el ejercicio. No puedes entrar en marzo y salir en septiembre si te arrepientes. La decisión se toma una vez al año, en plazos concretos, y te ata doce meses.

En resumen: si decides entrar, entra preparado, no entusiasmado.

Resumen y próximos pasos

El régimen franquiciado es una opción real, no una promesa vacía. Para algunos autónomos será un alivio operativo y un ahorro neto. Para otros, una trampa fiscal disfrazada de simplificación. La diferencia la marca tu perfil concreto: a quién facturas, cuánto IVA soportas en gastos, y si trabajas cerca o lejos del umbral de 85.000€.

Mientras la norma se tramita y se publica en el BOE (probablemente, a primeros de 2027), las dos cosas más útiles que puedes hacer son sencillas:

1. Simular tu caso con datos reales. No esperes a tener la ley delante para hacer cuentas. Si esperas, tendrás 30 días para decidir y cero margen para pensar.

Calcular si me conviene →

2. Llevar la facturación al día. Lo necesitas para tomar la decisión, y lo vas a necesitar igualmente con o sin régimen franquiciado: Verifactu llega en 2026/2027 y exigirá rigor mes a mes. FLEXO automatiza la mayor parte del trabajo y te muestra los números antes de que los necesites.

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Cuando la norma entre en vigor, vamos a actualizar este artículo y a avisar por email a quien lo haya solicitado en el simulador. Hasta entonces: cuentas claras, decisiones informadas, y nada de creer titulares.